Recientemente la Agencia Tributaria está remitiendo propuestas de liquidacion provisional por el Impuesto sobre Sociedades de los ejercicios 2007 a 2009 a aquellas empresas que tenían la consideración de empresa de reducida dimensión pero que carecían de personal contratado.
A título recordatorio, el régimen fiscal especial para las empresas de reducida dimensión previsto por la normativa del Impuesto sobre Sociedades consiste, esencialmente, en la posibilidad de aplicar un tipo del 25% sobre los primeros 300.000 € de beneficio y el tipo general del 30% sobre el exceso, con el consiguiente ahorro fiscal para la sociedad.




